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Actualidad 01 octubre 2021

Vigilancia electrónica, una esperanza para disminuir los femicidios en Chile

Una acción que podría prevenir la tasa de feminicidios en el país, se convierte una realidad, todo esto a propósito de la reciente aprobación del proyecto de ley que contempla un sistema de monitoreo telemático para agresores de víctimas de violencia intrafamiliar.

En este contexto, la Universidad Católica de Temuco, organizó el “Seminario Internacional Vigilancia Electrónica, Violencia de Género y Feminismo” que contó con la presencia de la senadora Adriana Muñoz quien ingresó este proyecto en el año 2014 a la Cámara Alta, además de expertas nacionales e internacionales, en el área legal, así como en el ámbito social, quienes aportaron sus conocimientos y estudios en el ámbito de implementar la vigilancia electrónica.

“La idea de hacer este proyecto es en memoria de tantas mujeres que pese a qué tenemos instrumentos legales a través de la Ley 20.066 siguen siendo asesinadas víctimas de violencia” expresó la senadora Muñoz.

La recién promulgada Ley, permitirá el uso de tobilleras electrónicas para que quienes sean formalizados por violencia intrafamiliar y tengan prohibición de acercarse a la víctima los que podrán ser monitoreados las 24 horas del día en tiempo real, así como lo autorizará en determinadas causas los Tribunales de Familia, en dicho tribunal se espera que las primeras tobilleras se estén instalando en febrero de 2022 y desde junio de 2022 en los Juzgados de Garantía.

En relación a lo anterior, la Senadora Muñoz, agregó que “cualquier avance de la ley que nosotros hagamos es una búsqueda para llegar en los momentos de la crisis, pero no va a resolver a disminuir la exposición que tenemos las mujeres a vivir distintos tipos de violencia en la sociedad, entonces en la medida que uno sienta está impotencia de qué manera podemos a través de las nuevas tecnologías abordar en materia preventiva el asesinato, el feminicidio”.

Contenido y aspectos críticos del proyecto de ley

En un aspecto detallado del contenido del proyecto de ley, Ana María Morales, abogada de la Universidad de Chile, Doctora en Criminología y quien desde el año 2010 se desempeña como Directora de la organización Paz Ciudadana, explicó que la ley:

  • Regula la posibilidad de supervisar mediante monitoreo telemático, la medida de prohibición de acercarse a las víctimas a su domicilio, a su lugar, de trabajo o estudio, decretada en conformidad con la ley 20.066 y/o la ley N° 19.968 que crean los tribunales de familia
  • Regula la posibilidad de poner monitoreo telemático:
  • Bilateral: Tanto la víctima como el infractor portan dispositivo, en este caso debe existir la voluntad de la víctima.
  • Unilateral: Sólo el infractor la porta.
  • Puede imponerse respecto de distintas medidas: medida cautelar, suspensión condicional del procedimiento o medida accesoria de que se trate.
  • Contempla instrumentos de focalización: cuando exista un informe de alto riesgo hacia la víctima, emanado por el Ministerio Público o por las policías, elaborado en base a una pauta unificada de evaluación inicial de riesgos y factibilidad técnica informada por Gendarmería de Chile (Genchi)
  • Establece que la responsabilidad de la administración del monitoreo telemático estará a cargo de Genchi
  • Control debiera efectuarse por GPS (distinta de radio frecuencia)
  • Crea una comisión para la elaboración de proposiciones técnicas para el seguimiento y evaluación de los casos de violencia intrafamiliar

Por otra parte, en cuanto a los aspectos críticos, la abogada Morales, expuso que, en materia penal, se establece la urgencia en la evaluación de factibilidad técnica de Genchi el cual debe remitir lo en un plazo de 5 días hábiles. Sin embargo, no se establecen plazos para el tribunal para resolver acerca de la pertinencia de imponer el monitoreo telemático una vez efectuado el informe, estableciendo que el tribunal lo agregará a la causa y citará a una audiencia a todos los intervinientes para la fecha más próxima”.

Lo anterior muestra un riesgo de desprotección importante aun cuando el proyecto establece que se puede encomendar el control de la medida cautelar o suspensión condicional al Carabineros de Chile, en tanto el juez nos hubiera pronunciado sobre la solicitud.

Además, de la insuficiente regulación de las consecuencias en caso de que se alerta de la proximidad del infractor, es decir se necesita contar con un protocolo de actuación claro de cómo actuaría la policía en esos casos.

Por su parte, la abogada Erika Maira egresada de la UCT y fiscal del Ministerio Público de Chile por 10 años en la especialidad de delitos de violencia intrafamiliar, expresó que la implantación de la ley debe ir acompañada de una capacitación técnica no solo teórica a jueces, fiscales y defensores.

“Tienen que saber cuándo se descarga y dispositivo cuando deja de funcionar, cuando tiene una falla, de manera que, frente a alegaciones, que puedan invocar ese tipo de cuestiones sepan que resolver, no desde lo intuitivo, desde el creer, sino que, desde lo técnico, en ese sentido creo que es vital que esto se haga” enfatizó Maira.

Experiencia internacional

Aunque este sistema de implementación representa algo novedoso para Chile, la Dra. Edna Eres (profesora de la Universidad de Illinois en Chicago) y la Dra. Ryan Casey (investigadora de la Universidad de Oxford) revelan cómo ha sido el uso de la vigilancia electrónica en condenados a reclusión parcial en Estados Unidos.

Las investigadoras, señalaron que el beneficio principal de que las leyes y la tecnología trabajen en conjunto, fue el hecho de saber que los agresores, no podían hacer lo que quisieran que es acosar, intimidar y otras actividades.

Además, en casos de violencia intrafamiliar los beneficios superan las desventajas, “creo que esto está demostrado, la mejor prueba es lo que las víctimas han vivido y han sentido cuando sus abusadores estaban siendo controlados por GPS (…) y que diferente fue esta experiencia de cuando ellos no estuviesen siendo controlados” señaló Eres.

En cuanto al impacto de los acusados, que han utilizado la vigilancia electrónica, muestra que ellos han aprendido sobre el significado de tener control, algunos incluso hablaron del hecho de que es primera vez en su vida que han sentido que no han podido hacer lo que deseaban y no pudieron controlar a sus parejas íntimas.

“El sistema de monitorización y vigilancia electrónica es una buena medida para que las vidas de las mujeres abusadas sean mejoradas, si hablamos de la calidad de vida de las víctimas creo que es importante”, enfatizó Eres.

Más allá de las leyes

En el módulo titulado “Feminismo y Pena Estatal” las participantes fueron la Dra. Yanira Zúñiga (profesora Universidad Austral de Chile), Isabel Arriagada (PhD Researcher Universidad de Minnesota), Dra. Daniela Heim (Investigadora y docente de la Universidad Nacional de Río Negro, Argentina) quienes pusieron sobre la mesa la relación entre la violencia y las leyes.

Daniela Heim calificó de limitada, exigir al sistema penal poner una solución a la violencia de género, ya que una estrategia penal no es suficiente para poner fin a la violencia de género, “el desarrollo de una justicia de género no debe ni puede estar desvinculada del desarrollo de aquellos derechos que nos permitan una vida más autónoma más libre y pleno y ese desarrollo ejercicio cabal de los derechos es hacia el que el debemos apuntar aún a pesar de lo penal”

“Dentro del campo jurídico las discusiones actuales no solo se exige el reconocimiento de las diferencias, sino que exigen mayores cuotas de igualdad material y una transformación de la política del derecho de los sistemas económicos y educativos y en particular de las estructuras jurídicas tradicionales que obstaculizan el camino hacia una justicia de género” agregó Heim.

Por su parte, Zúñiga durante su ponencia expresó “aunque el derecho regula formas de violencia, responde a través de la violencia estatal, pero no tiene una teoría sobre la violencia no es posible encontrar una especie de concepto único homogéneo y preocupación sobre la violencia.

Además, señaló que lo “aunque el espectro de la violencia regulada por el derecho y en particular de la violencia de género se ha ido haciendo con el tiempo es innegable los sistemas jurídicos siguen estando por cierta inercia concentrados tradicionalmente la figura del golpe es decir de la violencia física calibra la intensidad en función de la huella corporal que produce y esa es la dificultad para para conceptualizar otras formas de violencia que tiene una dimensión psicológica y sobre todo explora los fenómenos de violencia desde una perspectiva individualista es decir lo atribuye a factores personales” .

Se espera que las primeras tobilleras se estén instalando en febrero de 2022 en los Tribunales de Familia, y desde junio de 2022 en los Juzgados de Garantía. En tanto, Gendarmería deberá informar semestralmente a las Cortes de Apelaciones las condiciones técnicas para decretar la supervisión por monitoreo telemático de las medidas de prohibición de acercarse a la víctima, a su domicilio, lugar de trabajo o estudio, en las comunas o sectores geográficos de sus respectivos territorios jurisdiccionales, considerando el funcionamiento de las supervisiones por monitoreo telemático impuestas en dichos territorios.