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Actualidad 19 enero 2023

Universidades G9 entregan documento con aportes al nuevo proceso constitucional

Con el objetivo de continuar aportando a la discusión sobre el sistema de educación superior en el marco del nuevo proceso constitucional, la Red de Universidades Públicas no Estatales G9 ha preparado el documento “Educación Superior y Constitución. Aportes para el Proceso Constitucional”, texto que se trabajó con académicas y académicos, expertos constitucionales, de las diversas universidades que conforman la agrupación.

Este documento, que ya fue entregado al Presidente de la República, al Ministro de Educación y a la Subsecretaria de Educación Superior, será compartido en los próximos días con el Parlamento y otras autoridades de Gobierno, y ya está disponible públicamente en la web www.redg9.cl. Además, una vez que se conforme el Comité de Expertas y Expertos y el Consejo Constitucional, también se les enviará, enriqueciendo de esta forma las reflexiones respecto a la protección de una igualdad de trato entre las universidades que conforman el Consejo de Rectoras y Rectores.

“Le hemos planteado ya al Presidente de la República el interés de nuestras casas de estudio que, en el nuevo proceso constitucional que va a vivir nuestro país, se pueda considerar el documento que hemos elaborado, en donde podrán encontrar la propuesta de normativa en materia de educación superior que proponen las universidades de G9”, señala el Presidente de la Red G9 y Rector de la Universidad de Concepción, Dr. Carlos Saavedra Rubilar. Agrega que las Universidades G9 proponen que se reconozca en términos constitucionales el rol histórico público que tienen estas instituciones, aportando al desarrollo del sistema universitario en nuestro país, garantizando el financiamiento necesario para desarrollar el quehacer universitario, con los niveles de excelencia que han caracterizado a las casas de estudio que conforman la red, a lo largo de su historia.

Para las Universidades G9 este nuevo proceso constituyente representa una oportunidad para que el Estado asuma vigorosamente el resguardo de las universidades públicas en su amplio sentido, donde es de suma relevancia la protección de una igualdad de trato entre las universidades que conforman el Consejo de Rectoras y Rectores, en lo concerniente a la preservación de garantías de autonomía en la gestión y un régimen simétrico de financiamiento, sin discriminación, para garantizar la configuración de un sistema educativo diverso que resguarde la provisión mixta y el acceso a una educación superior equitativa, inclusiva, pluralista y de excelencia.

Propuesta de norma constitucional

 Motivados por la contribución al proceso y al país, como Universidades Públicas agrupadas en la Red G9, proponemos algunos elementos básicos que esperamos sean incorporados en la nueva propuesta y la discusión de la educación superior en el contexto constitucional:

  1. Todas las personas tienen derecho a la educación.
  2. La educación tendrá por finalidad el pleno desarrollo de la persona, tanto en su dimensión individual, como social, respetando la forma de convivencia democrática y los principios, derechos y libertades constitucionales.
  3. El Estado garantizará el acceso igualitario y universal a la educación superior, y por cuantos medios sean apropiados, sobre la base de un sistema de acceso.
  4. La Constitución reconoce y ampara la función pública de las universidades reconocidas por el Estado, la que debe tener como inspiración primordial la contribución al bien común general, y les asegura la autonomía académica, administrativa y económica a fin de cumplir plenamente su cometido educacional y de enseñanza. Para eso, la ley establecerá un régimen regulativo que satisfaga el estándar de lo público de las universidades y se les asegure un adecuado financiamiento del Estado para que puedan cumplir sus funciones, de acuerdo a los requerimientos educacionales, científicos y culturales del país, asegurando la igualdad de trato tanto a universidades estatales como no estatales que cumplan con lo anterior.
  5. Se reconoce la libertad de enseñanza. Ésta se inspirará en la pluralidad de una sociedad democrática y siempre los poderes públicos deberán asegurar la necesaria provisión de educación superior, estatal y privada, que posibilite a las personas su elección.

Accede al documento “Educación Superior y Constitución. Aportes para el Proceso Constitucional”.